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MANTIENEN DETENIDO A OMAR LABRADOR, CANTANTE VINCULADO AL TREN DEL LLANO

Mantienen detenido a Omar Labrador cantante
vinculado al Tren del Llano. Así lo decidió el Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ), reunido en Sala
Constitucional, al negar la posibilidad de otorgarle
una medida de libertad al intérprete de música
llanera, que juzgan juzgado por su presunta
vinculación con esa estructura delincuencial.
Tal decisión está contenida en la sentencia número
1.523 publicada el pasado 6 de octubre donde se
aclara que Labrador interpuso una acción de amparo
contra la sentencia del 29 de noviembre de 2024,
emitida por la Sala 1° de la Corte de Apelaciones con
Competencia en Casos Vinculados con Delitos
Asociados al Terrorismo. Esa Corte de Apelaciones
respaldó a su vez una decisión del 22 de julio de
2024 del Tribunal Especial 1° de Juicio con
competencia en Terrorismo que negó otorgarle una
medida de libertad a Labrador, circunstancia que el
acusado considera violatoria del debido proceso.
Ante esa negativa, Labrador tocó las puertas del TSJ
donde interpuso un recurso de amparo solicitando se
decrete una medida cautelar sustitutiva de privación
de libertad, que le permita proseguir el juicio fuera de
las rejas.
Aduce que han pasado más de dos años de su
encarcelamiento sin que haya una sentencia
respecto a su culpabilidad o inocencia de los delitos
por los cuales se le enjuicia. Refirió que el artículo
230 del Código Orgánico Procesal Penal establece lo
que se denomina ‘’el decaimiento’’ de la medida
privativa de libertad, la cual no debe exceder de dos
años. Ese artículo igualmente deja abierta la
posibilidad de ser prorrogada (la privativa de libertad)
‘’cuando existan causas graves que así lo
justifiquen’’
, como, por ejemplo, la imposibilidad de
finalizar un juicio.
También puede leer: Detenidas dos mujeres por
asesinato de un hombre en Palo Negro
Mantienen detenido a Omar Labrador cantante
vinculado al Tren del Llano
Al respecto, la Corte de Apelaciones observó que el
retardo en el juicio seguido a Labrador ‘’no deviene
de causas imputables al tribunal’’. También refiere la
citada Corte que, si bien es cierto ha pasado un
periodo de dos años, las razones por las cuales se le
dictó privativa de libertad a Labrador ‘’fue por delitos
graves’’
, como lo es la legitimación de capitales,
asociación para delinquir y financiamiento al
terrorismo.
Es por ello que la Corte de Apelaciones apoya la
resolución que negó liberar a Omar Labrador porque
el juez de juicio tomó dicha decisión luego de realizar
‘’un ponderado análisis fundamentando las razones
de hecho y de derecho’’.
Corte de Apelaciones negó liberación
Al analizar el asunto, los magistrados de la Sala
Constitucional recordaron que el decaimiento de la
medida privativa de libertad no opera de forma
automática, toda vez que existen múltiples
circunstancias en el desarrollo del proceso penal que
debe analizar el juez, como la gravedad del delito y
las causas de la dilación del juicio, entre otros.
A la luz de ese razonamiento, los magistrados
consideran que la decisión de la Corte de
Apelaciones, mediante la cual avaló la negativa de
liberar al cantante Labrador ‘’estuvo ajustado a
derecho’’.
‘’Si bien el fallo impugnado en amparo fue contrario a
las pretensiones del accionante, el mismo no vulneró
las garantías constitucionales hoy denunciadas,
referentes a la tutela judicial efectiva, libertad
personal y debido proceso, contenidas en los
artículos 26, 44 y 49 de la Constitución…’’
, concluye
la Sala al declarar improcedente el amparo
interpuesto por Labrador.
ACN/MAS/ÚN

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